Propiciará inversiones para incrementar el consumo de ese combustible
El Ministerio de Energía y Minas creó al interior de la Dirección General de Hidrocarburos una unidad orgánica denominada Dirección de Gestión del Gas Natural, con el objeto de promover el desarrollo de la industria del gas natural, así como las inversiones que se requieren para incrementar el consumo de dicho combustible.
Fue mediante Decreto Supremo Nº 030-2012-EM, que promulgó el presidente de la República, Ollanta Humala Tasso, y refrendó el ministro de Energía y Minas, Jorge Merino Tafur; publicado en el diario oficial El Peruano.
La nueva dirección, creada con la finalidad de modificar la matriz energética, se encargará de evaluar y emitir opinión sobre las actividades de procesamiento, transporte y distribución del gas natural y emitir opinión acerca de las autorizaciones para la instalación y operación de ductos para transporte y distribución de gas natural, entre otras.
De acuerdo a la citada norma, la Dirección de Gestión del Gas Natural se encarga del proceso de promoción de las inversiones y del uso del gas natural a nivel nacional, así como de analizar e informar acerca de las solicitudes referidas a los procesos de concesiones, autorizaciones y servidumbres del rubro.
Dentro de sus funciones y atribuciones está, en primer lugar, la de promover la inversión privada nacional y extranjera en el procesamiento, transporte, distribución, comercialización y uso del gas natural.
En ese sentido, deberá evaluar y emitir opinión sobre las solicitudes correspondientes a los rubros y actividades mencionadas. También deberá coordinar con los gobiernos regionales y locales, empresas concesionarias de distribución de gas y demás entidades públicas la ejecución de obras de distribución del gas natural y su administración, operación o mantenimiento.
Por otro lado, la Dirección de Procesamiento, Transporte y Comercialización de Hidrocarburos y Biocombustibles tiene la función de promover la inversión privada nacional y extranjera en combustibles líquidos, petroquímica básica y otros productos derivados de los hidrocarburos y biocombustibles.
San Borja, 10 de agosto del 2012
NP. 371-12
